BORRADOR · Base de trabajo generada para revisión profesional. Completar los campos [ENTRE CORCHETES] y validar con un abogado antes de operar.

Anexo: contrato de encargo de tratamiento (art. 28 RGPD)

Plantilla v1 · 5 de julio de 2026 · entre la clínica (responsable) y Eclia (encargada)

1. Partes y objeto

Responsable: la clínica cliente identificada en las Condiciones. Encargada: [RAZÓN SOCIAL DE ECLIA], NIF [NIF]. Objeto: el tratamiento de los datos de las clientas de la clínica necesario para prestar la plataforma de fidelización.

2. Tratamiento encomendado

ElementoDetalle
InteresadosClientas de la clínica y personal autorizado
Categorías de datosIdentificativos, contacto, cumpleaños, membresía, puntos, reservas y pagos; historial de tratamientos estéticos (categoría especial, art. 9)
OperacionesRecogida, registro, conservación, consulta, comunicación al propio responsable y supresión
DuraciónLa del contrato de servicio, más el periodo de reversibilidad

3. Obligaciones de la encargada (Eclia)

4. Obligaciones del responsable (la clínica)

5. Transferencias internacionales

Los subencargados estadounidenses operan bajo el Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU. y/o cláusulas contractuales tipo de la Comisión Europea.